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Lunes, 30 Septiembre 2019 10:41

AGREMIA, nuevo miembro de la Junta Directiva de FREMAP

agremia junta directiva fremap 0NOTIPrimera Asociación de pymes en formar parte de su Junta

 

 

Tras la celebración de la Junta General de Mutualistas de FREMAP, que tuvo lugar el pasado 18 de julio, Agremia ha pasado a formar parte de la Junta Directiva de la primera Mutua de accidentes de trabajo de España por número de empresas asociadas, trabajadores objeto de cobertura y activos y prestaciones gestionadas.

FREMAP presta cobertura a más de 4,5 millones de trabajadores y cuenta con más de 480.000 empresas asociadas según resulta de su Memoria de Actividades correspondiente a 2018. Sólo en la Comunidad de Madrid, dispone de 24 centros propios de asistencia sanitaria, incluido el Hospital de Majadahonda.

Agremia (Asociación de Empresas del Sector de las Instalaciones y la Energía) se convierte en la primera Asociación empresarial de pequeñas y medianas empresas en formar parte de la Junta Directiva de la Mutua, lo que permitirá representar los intereses y las necesidades de autónomos y pequeñas empresas, y trabajar por la mejora de la protección que empresarios y trabajadores reciben de FREMAP.

Inmaculada Peiró, directora de Agremia, será la persona que ocupará dicho cargo, que junto con el de otras nuevas componentes de la Junta Directiva, contribuirán a lograr la paridad en el órgano de gobierno de la entidad, que ya impulsó la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, sirviendo así de ejemplo para el conjunto de las empresas asociadas.

Cabe destacar que las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, como FREMAP, son asociaciones privadas de empresarios constituidas mediante autorización del Ministerio de Empleo y Seguridad Social e inscripción en el Registro especial dependiente de éste y tienen por finalidad colaborar en la gestión de la Seguridad Social, bajo la dirección y tutela del mismo, sin ánimo de lucro y asumiendo sus asociados responsabilidad mancomunada en los supuestos y con el alcance establecidos en esta ley. En concreto, son funciones de las Mutuas:

  • La gestión de las prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación, comprendidas en la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como de las actividades de prevención de las mismas contingencias que dispensa la acción protectora.
  • La gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
  • La gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
  • La gestión de las prestaciones económicas por cese en la actividad de los trabajadores autónomos.
  • La gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
  • Las demás actividades de la Seguridad Social que les sean atribuidas legalmente.

 

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